Directiva europea sobre agua potable

La Directiva sobre agua potable (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo implementa las pruebas de colifagos somáticos en los controles operativos.

Las directivas sobre agua potable son cruciales para la salud pública, ya que controlan la calidad del agua. Esta actualización incorpora sugerencias de la OMS, la US-EPA y la Comisión Europea para permitir la cobertura de muchas áreas.

Este cuadro resume la aplicación de los colifagos somáticos según la Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo relativa al agua potable. Compruebe la transposición de su país.

¿Cuál es la definición actual de agua potable?

El agua potable deberá ser segura y limpia en el punto de cumplimiento y estar libre de microorganismos, parásitos o sustancias en una cantidad o concentración que pueda suponer un riesgo para la salud humana.

Deberá cumplir los requisitos microbianos especificados en los Anexos I y II, entre los que se incorporan los Colifagos Somáticos como nuevo Parámetro Operativo.

Aprenda CÓMO aplicar el control de colifagos en los análisis rutinarios del agua en los puntos de suministro y en las zonas de abastecimiento de agua.

Lo primero que hay que hacer es una Evaluación y Gestión de Riesgos

Tenlo en cuenta:

a) La evaluación y gestión de riesgos en las cuencas hidrográficas será responsabilidad de la administración del agua.

b) La evaluación y gestión de riesgos en las zonas de abastecimiento en cada una de las infraestructuras que lo componen, desde la toma hasta la acometida, será responsabilidad del operador.

¿CUÁNDO deben realizarse la evaluación y la gestión de riesgos? Más información sobre los plazos de adaptación de los APS en función del tipo de zona de abastecimiento.

La administración del agua llevará a cabo la evaluación de riesgos y la gestión de las cuencas hidrográficas

a) La evaluación de riesgos y la gestión de riesgos de las zonas de captación de los puntos de extracción de agua destinada al consumo humano se llevarán a cabo por primera vez a más tardar el 12 de julio de 2027. Dicha evaluación y gestión de riesgos se revisará a intervalos regulares no superiores a seis años, teniendo en cuenta los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Directiva 2000/60/CE, y se actualizará en caso necesario.

b) La evaluación de riesgos y la gestión de riesgos para el sistema de suministro se llevarán a cabo por primera vez a más tardar el 12 de enero de 2029. La evaluación y la gestión de riesgos se revisarán a intervalos regulares no superiores a seis años y se actualizarán en caso necesario.

c) La evaluación de riesgos del sistema de distribución a domicilio se realizará por primera vez antes del 12 de enero de 2029. Esta evaluación de riesgos se revisará cada seis años y se actualizará en caso necesario.

Obtenga más información sobre los CONTROLES y la vigilancia que deberá aplicar para el análisis de colifagos.

gotas de agua

Autocontrol: Realizado por el operario responsable de la zona de suministro.


Control operativo:
Proporcionar una visión rápida del rendimiento operativo y de los problemas de calidad del agua para permitir la rápida aplicación de medidas correctoras. Estos programas de supervisión operativa serán específicos para cada suministro, tendrán en cuenta los resultados de la detección de peligros y sucesos peligrosos y la evaluación de riesgos del sistema de suministro, y estarán destinados a confirmar la eficacia de todas las medidas de control con respecto a la captación, el tratamiento, la distribución y el almacenamiento. Los colifagos somáticos se medirán si la evaluación de riesgos indica que es apropiado hacerlo. Si se detecta en el agua no tratada en una concentración superior a 50 UFP/100 ml, debe analizarse después de haber seguido las etapas del ciclo de tratamiento, con el fin de determinar el grado de eliminación alcanzado por las barreras existentes y evaluar si el riesgo de que los virus patógenos sobrevivan al tratamiento está suficientemente controlado.

Volume of (m3/day) treated water
≤ 100
>1.00 ≤ 1.000
>1.000 ≤ 10.000
>10.000
At the intake point or at the DWTP or IDAM if there is no DWTP, at the headwater tank / at the tanks where it is reclaimed
6
12
24
52

Infórmese de los plazos de transposición de este Reglamento en su país.

Lea la opinión de Francisco Lucena – cofundador de Bluephage, ex catedrático de Microbiología de la Universidad de Barcelona y ex director del consolidado grupo de investigación MARS – sobre la actualización de la Directiva europea sobre agua potable.

«Las sugerencias de la OMS, la E.P.A. de EE.UU. y la Unión Europea también han permitido actualizar una normativa compleja que abarca muchos ámbitos, pero que sigue siendo una norma mínima.»

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